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"Doctor, ya no sé qué hacer para que mi hijo no se drogue ahí dentro. Prefiero pegarle un tiro en cada pierna para que no pueda salir a buscar esa porquería antes que verlo así, porque se le está muriendo el cerebro. Por favor, ayúdeme. Esa cárcel lo está matando". Semanas atrás, un camarista penal quedó conmovido por la súplica desesperada del padre de un interno de Villa Urquiza. Y, según fuentes tribunalicias, esta escena se repite cada vez con más frecuencia. Sin embargo, para los vocales la solución no es simple ni rápida. Las Cárceles no cuentan con unidades especiales para la rehabilitación de adictos.
Pese a que la Ley 23.737 de estupefacientes (incluida en el Código Penal) dispone que el Servicio Penitenciario Federal o Provincial debe contar en cada unidad con un lugar de detención aislado para reos adictos en rehabilitación, esto no se cumple. Por ello, los magistrados deben acudir a servicios externos para poder velar por la recuperación del preso. "En muchos casos estamos subsanando deficiencias que les corresponden a otro poder", expresó ante LA GACETA el vocal Carlos Francisco Ruiz Vargas, presidente de la sala VI de la Cámara Penal.
Esta semana, el magistrado y su par, Marta Cavallotti, ordenaron que los casi 100 reos que están a su cargo fueran examinados por especialistas del cuerpo Médico Forense del Poder Judicial. Mediante dos oficios, le notificaron al director del penal, Roberto Guyot, que esos internos iban a ser sometidos a extracciones de sangre y de orina. Así, los vocales podrán saber si alguno de los presos consume drogas y de qué tipo.
Estos estudios son consecuencia de la detención de un preso de la sala VI que el jueves de la semana pasada fue sorprendido por los guardiacárceles cuando ocultaba cocaína en el interior de su celda, según informaron posteriormente desde el servicio penitenciario a la Justicia.
La respuesta
Ruiz Vargas afirmó que, si se detectan otros casos de consumo de sustancias ilegales, enviará al o a los internos en cuestión a un lugar de rehabilitación apropiado, aunque se reservó de brindar más detalles. "Mientras el penal no les brinde a los presos una solución a este problema, nos vamos a seguir haciendo cargo nosotros", sostuvo. Luego, agregó que notificará al Poder Ejecutivo sobre el deber de cumplir con el artículo 19 de la Ley de estupefacientes. "Deben ser desintoxicados y rehabilitados, según cada caso, en lugares adecuados", añadió.
Recientemente, la sala V de la Cámara Penal ordenó el traslado de un interno -condenado por tentativa de robo- a un instituto para recuperación de adictos ubicado en Salta, llamado Asociación Civil Betania. "Acá no contamos con este tipo de servicios. Por eso, acudimos a esta institución que es muy prestigiosa", indicó el vocal Emilio Páez de la Torre. En ese sentido, detalló que, cada mes, el tribunal recibe un informes de los especialistas sobre la evolución y la conducta del paciente.
Otras enfermedades
Los camaristas penales deben cumplir también el rol de juez de ejecución de sentencia. Por ello, deben velar por la recuperación del interno. En ese sentido, cuando el reo sufre alguna enfermedad grave, el tribunal debe ser notificado en el acto, explicó Pedro Roldán Vázquez, de la sala I.
Esta sala de la Cámara Penal tiene el antecedente de un interno que padecía diabetes; la enfermedad le estaba dejando graves secuelas, como la pérdida de la vista, y en la cárcel no podían afrontar el tratamiento. Según fuentes judiciales, los vocales le solicitaron al director del penal, Roberto Guyot, que el reo fuera asistido. "Se nos contestó que no había dinero para hacer un tratamiento acorde al que necesitaba esta persona. Pero eso no es un justificativo: la ley no admite excepciones cuando se trata de esta clase de derechos", indicó una fuente tribunalicia. Finalmente, los camaristas intervinieron mediante un oficio y lograron que el reo reciba atención médica intensiva.
Pena y cura
La ley 23.737 establece que si el condenado (cualquiera sea el delito) depende física o psíquicamente de drogas, el juez -además de la pena- le impondrá una medida de seguridad curativa que consistirá en un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación durante el tiempo que sea necesario. Para ello, según el artículo 19, los tribunales deben contar con una lista de especialistas habilitados.
En el Avellaneda
En la actualidad, si la Justicia lo dispone, un interno que hace uso abusivo de drogas o es adicto puede ser asistido en el Hospital Avellaneda, que está ubicado a pocos metros del penal de Villa Urquiza. Sin embargo, según especialistas, se trata de un tratamiento ambulatorio, ya que el centro asistencial no posee capacidad para alojar pacientes de estas características durante tiempo prolongado.
El Poder Ejecutivo no da a los presos la rehabilitación exigida por ley
El Código Penal establece que los internos con problemas de adicciones deben ser tratados dentro de la cárcel. Los jueces los mandan a otras provincias.
"El Servicio Penitenciario Federal o Provincial deberá arbitrar los medios para disponer en cada unidad de un lugar donde, en forma separada del resto de los demás internos, pueda ejecutarse la medida de seguridad de rehabilitación de los internos que consumen droga". Este artículo forma parte de la ley 23.737 de Estupefacientes, pero en Tucumán esa norma no se cumple. A pesar de que según un estudio el 65% de los presos consume sustancias ilegales. no se dispone de ninguna medida curativa para ellos. "Estamos subsanando deficiencias que le corresponden a otro Poder", indicó el camarista Carlos Ruiz Vargas. Algunos internos son enviados por los camaristas a otras provincias para ser rehabilitados.
FUENTE: LA GACETA
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